Acaba de ver la luz la obra La Corte Penal Internacional: ¿Tutela judicial efectiva y eficaz?, de la abogada Tamara Bechar Alter, miembro de nuestra comunidad. Se trata de un extenso trabajo, ampliamente documentado, que estudia la estructura y funcionamiento de la CPI y cómo podría mejorarse para que resulte una institución realmente efectiva. En la presente entrevista, Bechar explica sus hallazgos y los aportes que puede representar este libro, que constituyó su tesis de doctorado y ha sido publicado por la UCAB
Sami Rozenbaum
¿Por qué escogió para su tesis de doctorado el tema de la Corte Penal Internacional?
Para que un trabajo sea considerado de suficiente nivel para una tesis doctoral, es muy importante que haga un aporte novedoso en el ámbito en el cual se va a desarrollar. Yo soy miembro del Consejo Consultivo del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Metropolitana y de la Red de Asistencia Jurídica de la UCAB, a raíz de las protestas del año 2014. A raíz de eso también, y como quiera que surgió el interés por el caso de Venezuela ante la Corte Penal Internacional, la universidad me envió a numerosos cursos de preparación en Bogotá. Entonces, el tema de la tesis está muy vinculado a mi área de ejercicio, que es por un lado el derecho penal y por el otro lado los derechos humanos. Por tanto, me pareció que era como mi “destino” natural investigar la Corte Penal Internacional, revisar el Estatuto de Roma y los documentos complementarios. Me pareció que podía constituir un buen aporte en esas áreas, porque además en Venezuela hay muy poco material escrito sobre la CPI en general, y menos aún sobre la propuesta formal del libro, que es una revisión al Estatuto y los documentos complementarios desde el punto de vista del proceso.
“No es posible hablar de una justicia tardía. Si es tardía, ya no es justicia. Porque es verdad que los delitos no prescriben, pero las personas sí prescribimos. Por ello, para la reparación a las víctimas, dentro del concepto de reparación integral, es necesario obtener justicia prontamente y no esperar años en el proceso”
Por eso el título del libro está en interrogación: es una crítica constructiva al Estatuto y a sus documentos complementarios, para evitar que los juicios se sigan prolongando tanto en el tiempo, porque no es posible hablar de una justicia tardía. Si es tardía, ya no es justicia. Porque es verdad que los delitos no prescriben, pero las personas sí prescribimos. Por ello, para la reparación a las víctimas, dentro del concepto de reparación integral, es necesario obtener justicia prontamente y no esperar años en el proceso. El libro es en realidad un análisis del proceso y qué sugerencias hago para que sea mucho más dinámico.
Por ejemplo, Slobodan Milosevic de Yugoslavia murió durante el juicio.
Pero lo estaban juzgando, por lo menos llegó al juicio. Te pongo un ejemplo: el primer caso de la Corte fue el de Thomas Lubanga, de la República Democrática del Congo. Él cumplió su condena, que fueron 14 años, pero todavía no ha habido una reparación a las víctimas. Lo que se persigue es un proceso eficiente, eficaz, es decir, oportuno. No podemos prolongarnos tanto en el tiempo mientras se juzga. Porque hay un tema muy importante desde el punto de vista penal, que es el de la prueba. La gente se va muriendo, las pruebas se van borrando, a los testigos se les olvida, desaparecen algunos elementos. O sea, no sirve de nada que tú dentro de 15 años estés juzgando a una persona.
¿De qué manera se podrían acortar los tiempos?
Bueno, esa es justamente la propuesta. Propongo, entre otras cosas, eliminar una fase del proceso que ni siquiera está en el Estatuto sino que fue una creación de la Fiscalía, el “examen preliminar”. El caso de Colombia, por ejemplo, duró 17 años abierto, hasta que con los acuerdos de paz lo cerraron. No puedes tener abierta una “preinvestigación” durante 17 años. Entonces yo digo: vamos a dejar a un lado la “preinvestigación”, pasemos directo a la investigación. Porque además, en materia penal hay una cita de Edmond Locard: “Tiempo que pasa, prueba que se aleja”. Y con más razón en materia penal. Además, en el caso de Colombia están muy mal llevados esos tratados de paz, porque se materializa un concepto que es la impunidad, que no contribuye a la justicia.
Hay casos como Estados Unidos o Israel, que no son miembros de la CPI porque asumen que esa instancia será usada para acusar a sus dirigentes de cualquier cosa, para judicializar la política.
Sí, pero el establecimiento de una Corte Penal Internacional de carácter permanente, que juzgue la responsabilidad personal de las distintas personas (valga la redundancia), es un avance increíble. ¿Con qué se encontró la humanidad después de la Segunda Guerra Mundial? Con que no había normas para juzgar los crímenes atroces. Entonces se crearon el Tribunal de Núremberg y el de Tokio. Pero desde el punto de vista del derecho, del ámbito jurídico, surgen algunas inquietudes: ¿Cómo los vamos a juzgar si no hay un tribunal previamente establecido? Si hay una norma, ¿cómo la aplicamos retroactivamente? ¿Cómo se elige al juez? ¿Cómo se mantiene el respeto del juez natural? Ahí hay un conflicto. El derecho tiene que dar primacía a los valores, y así se resolvió. Después el mundo se olvidó un poco de esta situación, pero se dio cuenta de que siguen ocurriendo situaciones atroces. Entonces se crea el Tribunal Especial para los Balcanes de la ex Yugoslavia, el Tribunal Especial para el caso de Ruanda, y siguen y van a seguir.
“El establecimiento de la Corte Penal Internacional es un avance importantísimo, tanto para la diplomacia como para el derecho. Lograr el consenso de todos los países, o de la gran cantidad de países que se obtuvo, fue muy importante, pero hay que ir sobre la marcha perfeccionando, puliendo y tratando de deslastrarse del aspecto político”
El establecimiento de la Corte Penal Internacional ha sido un avance importantísimo, tanto para la diplomacia como para el derecho. Pero sin duda alguna hay un componente político que lo afecta en gran medida. Lograr el consenso de todos los países, o de la gran cantidad de países que se obtuvo, fue muy importante, pero hay que ir sobre la marcha perfeccionando, puliendo y tratando de deslastrarse del aspecto político. ¿Va a ser posible? No lo creo. Totalmente, no. Y tenemos incongruencias, como por ejemplo el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, donde están Rusia, Estados Unidos y China, que no han suscrito el Estatuto de Roma y sin embargo pueden remitir casos al Estatuto de Roma, como lo han hecho. Entonces uno dice: “Bueno, sí, tú me lo estás mandando pero no estás suscrito, lo utilizas como te conviene”. Pero esa es la realpolitik.
Además de haber sido galardonado, ¿este texto se envió a la Corte para que lo tome en cuenta?
Estamos trabajando justamente en eso. Una de las representantes de Venezuela para el momento en que se firmó el Estatuto de Roma, y que adelantó todas las investigaciones, es la profesora Milagros Betancourt. Ella vio el trabajo y le encantó. Ella es amiga de algunos magistrados de la Corte, y estamos haciendo las gestiones para enviarles este trabajo.
En algunos casos los presidentes de la CPI han sido cuestionados, como la fiscal Fatou Bensouda.
Ha habido algunas incidencias internas, con relación a las relaciones personales que se han suscitado allí, pero no desde el punto de vista de su integridad. Es decir, se pueden cuestionar algunas decisiones, uno puede estar a favor o en contra de una decisión. Pero no se ha hablado nunca de corrupción, hasta donde yo tengo conocimiento. Y está la presunción de inocencia hasta que se pruebe lo contrario.
Con respecto a los problemas que Ud. trata en el libro, ¿la situación ha ido mejorando, o se han mantenido igual durante los 20 años de existencia de la CPI?
Ha habido avances, y quizá algunos retrocesos. Yo creo que la jurisprudencia, o sea las decisiones que han ido tomando en las distintas salas, ha ayudado a que la Corte sea mucho más dinámica. Por ejemplo, desde el punto de vista de un proceso penal, que no exista un lapso obligatorio para responder o cumplir con ciertas obligaciones es muy negativo. Esas son otras de las propuestas que planteo. Pero en paralelo, han creado algo que se llama Manual de Salas, en el cual recomiendan el establecimiento de ciertos lapsos. Claro, lo que pasa es que cuando se incumplen no hay consecuencias, y a veces son las propias salas las que pueden incumplir esos lapsos. Entonces, lo ideal es que el ordenamiento jurídico que lo regula sea el que lo establezca, y además instituya consecuencias en caso de incumplimiento. Eso no existe.
¿Hace esa propuesta en el libro?
Sí, esa es otra propuesta, y establezco algunos plazos dependiendo de la situación. Un retroceso, según mi punto de vista, fue crear la mencionada fase preliminar de las investigaciones, eso lo hizo el fiscal Luis Moreno Ocampo, argentino. Él desarrolló todo el procedimiento de la fase preliminar, que no está en el Estatuto, donde simplemente se mencionaba una averiguación. Entonces él, basándose en la redacción de uno de los artículos, prolongó los procesos. Creó una fase que es un embudo, una etapa innecesaria desde mi punto de vista.
¿Pero con qué motivo lo hizo?
Dicen que como él fue el primer fiscal no sabía muy bien cómo “entrarle” al asunto, y entonces necesitaba ganar tiempo para estudiar los casos. Pero eso es especulativo. En realidad no sé por qué lo hizo. Lo único que sé es que no funciona, que no está establecido expresamente, y que constituye el embudo para que se dilaten muchísimo las causas. Una de mis sugerencias es que si vamos a mantener ese examen preliminar, entonces que tenga un lapso, que no se extienda más allá de, en principio, dos años, con una prórroga única de un año adicional si el caso es muy complejo, si no lo quieren eliminar. Todos los tribunales especiales creados con ocasión de crímenes atroces contra la humanidad han sido mucho más eficientes que la CPI, mucho más eficientes.
El libro se presentó formalmente en la sede de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, donde fue “bautizado” por la académica Magaly Vásquez González, quien fue la tutora del trabajo
¿Cuál ha sido a su criterio el mayor éxito de la Corte Penal Internacional?
Últimamente han emitido sentencias en algunos casos emblemáticos. Eso sí, tenemos que recordar que a quien se está juzgando no es a los Estados, sino a personas naturales. Ha habido sentencias muy severas en los últimos tiempos, vinculados fundamentalmente a la República Democrática del Congo y Uganda.
¿Y en el caso de Sudán?
No, el de Sudán es más bien un caso que pone en entredicho la eficiencia de la CPI. La Corte no cuenta —y esa es otra de las críticas que se le hacen— con su propia fuerza policial, ni con un apoyo genuino del resto de la comunidad internacional. Entonces, ¿qué hemos visto en el caso de Sudán? No solamente hubo contra Omar al Bashir una orden de detención por parte de la Corte, sino dos. Y sin embargo él viajaba sin problemas. Ahora está preso porque le dieron un golpe de Estado, pero no lo entregaron a la Corte, está preso en el mismo Sudán. Incluso la Comunidad de Países Africanos decía que él tenía derecho a seguir siendo miembro, que no le iban a aplicar el Estatuto de Roma. Sin embargo, desde el punto de vista jurídico fue un precedente muy importante, porque se le dictó por primera vez una medida de esta naturaleza a un presidente en ejercicio.
“Algún día, cuando la humanidad entienda que todos somos ciudadanos planetarios, que somos terrestres y no que uno es norteamericano, ugandés, iraní, israelí, sino seres humanos que respondemos por lo que le hacemos al prójimo independientemente de cualquier otra cosa, el mundo va a ser un lugar mejor”
Tenemos que entender que los tiempos históricos son distintos a los tiempos humanos, y las instituciones jurídicas tardan tiempo en desarrollarse. El reto del derecho es justamente tratar de ir al mismo ritmo, pero es muy raro que se logre. En ningún momento cuestiono la necesidad de la existencia de la Corte. Algún día, sobre todo ahora que estamos globalizándonos, cuando la humanidad entienda que todos somos ciudadanos planetarios, que somos terrestres y no que uno es norteamericano, ugandés, iraní, israelí, sino seres humanos que respondemos por lo que le hacemos al prójimo independientemente de cualquier otra cosa, el mundo va a ser un lugar mejor. Y sin duda alguna, la Corte Penal Internacional ayuda en esa dirección. Es muy importante que exista.
¿Qué planes tiene para el futuro en cuanto a estas investigaciones?
Mi intención con el libro es que llegue a las personas a las que tiene que llegar, que se genere debate, que se genere interés en el tema, porque eso ayuda a las instituciones jurídicas. Es mi único interés, un interés académico y un aporte, una pequeña contribución a que la CPI funcione de la mejor manera. Espero que sea leído con atención, que sea tomado en consideración. No quiere decir que mis sugerencias sean perfectas, evidentemente todo proyecto es perfectible.
Tamara Bechar Alter es abogada egresada de la Universidad Católica Andrés Bello (1986). Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas (UCAB, 1990), y profesora en la Facultad de Derecho de esa casa de estudios. Ha impartido clases de Derecho Procesal Superior y de Violencia de Género en el posgrado de Ciencias Penales y Criminológicas. Es miembro del Consejo Consultivo del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Metropolitana, y forma parte de la red de asistencia jurídica de la UCAB, coordinada por su Centro de Derechos Humanos. Ha sido merecedora del diploma de honor que otorga el Colegio de Abogados de Caracas en reconocimiento a sus méritos profesionales y a su esfuerzo por contribuir al mejoramiento de las instituciones jurídicas, y de la orden “Rosa Teresa Pojan” del Concejo Municipal de Los Salias, estado Miranda. Ha contribuido con varios artículos en distintas publicaciones especializadas, y ejerce de manera privada tanto en la jurisdicción penal ordinaria como en la militar.