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La Junta Directiva de la Unión Israelita de Caracas, cumpliendo con el artículo 10 del Capítulo V, en concordancia con el articulo 14 ordinal b) del Capítulo VII de los Estatutos vigente, convoca a todos sus miembros y /o asociados a una
PUNTO UNICO: Resolver la modificación de los Estatutos de la Institución en relación al artículo 14 ordinal b) en relación a las facultades de administración y disposición de los bienes de la Unión Israelita de Caracas y los monto de dichas operaciones, en tal virtud someter a la discusión y aprobación de la Asamblea el aumento de dichos montos individuales expresados según estatutos en Unidades Tributarias
Articulo 11 Para considerarse válidamente constituida la Asamblea General, deben hallarse presentes, por lo menos, cien (100) miembros solventes de acuerdo a las normas y requisitos establecidos por la Junta Directiva, y con derecho a voto. En caso de no haber quorum, se hará una segunda convocatoria dentro de los treinta (30) días continuos siguientes, y para que esta Asamblea se considere válidamente constituida deben hallarse presentes, por lo menos, sesenta (60) miembros solventes con derecho a voto.
Trascurrida una (1) hora después de fijada para el inicio de la Asamblea sin reunirse el quorum mencionado, se considerará la Asamblea válidamente constituida con la presencia de un mínimo de cuarenta (40) miembros solventes con derecho a voto.
En caso de no reunirse este quórum, se procederá dentro de los próximos quince (15) días continuos siguientes a una tercera convocatoria advirtiendo en ella que la Asamblea General quedará válidamente constituida con el número de miembros solventes, de acuerdo a las normas y requisitos establecidos por la Junta Directiva, y con derecho a voto que se hallen presentes
Primera Convocatoria: lunes, 12 de marzo de 2018, 4:00 p.m.
Segunda Convocatoria: lunes, 19 de marzo de 2018, 4:30p.m. y 5:30
Salon Eva Snaider de la UIC
Los saludamos y nos despedimos con un cordial Shalom