Ese fue el momento trascendental en que los derechos históricos de los judíos se convirtieron en derechos legales
Dore Gold*
En estos días, el pueblo judío recuerda el centenario de la Conferencia de San Remo, convocada en Italia del 19 al 26 de abril de 1920, después de la Primera Guerra Mundial. El primer ministro británico, Lloyd George, y su ministro de asuntos exteriores, Lord Curzon, asistieron junto con los primeros ministros de Francia e Italia. También participaron representantes de Bélgica, Grecia y Japón.
Juntos constituyeron lo que se llamó el Consejo Supremo de los principales poderes aliados y asociados.
La mayoría de la gente ha oído hablar de otras grandes conferencias internacionales, como la de Paz de París o las de Ginebra al final de la Segunda Guerra Mundial. Pero San Remo no ha estado en la memoria de muchas personas, a pesar de que creó la base geográfica del Medio Oriente durante la mayor parte del siglo XX.
Delegados a la Conferencia de San Remo, 1920. (Foto: Wikimedia Commons)
San Remo se ocupó de la disposición de los territorios que hasta 1920 formaban parte del Imperio Otomano, que había sido derrotado en la guerra. Formalmente, los otomanos habían renunciado a su reclamo de soberanía sobre estas tierras, a veces llamadas Asia Árabe, en el Tratado de Sevres que se firmó el mismo año, el 10 de agosto de 1920. Fue en Sevres donde se redactó el proyecto de acuerdo de paz entre los aliados y el Imperio Otomano.
Lo que estos tratados de posguerra permitieron fue el surgimiento del sistema de Estados árabes, por un lado, y el de un «hogar nacional para el pueblo judío» por el otro. La Declaración Balfour de 1917 fue, en esencia, una expresión de la política británica. Pero San Remo convirtió la Declaración Balfour en un tratado internacional vinculante, preparando el escenario para el Mandato de la Liga de las Naciones que sería aprobado en 1922. En San Remo, los derechos históricos judíos se convirtieron en derechos legales judíos.
Según la declaración Balfour y la Conferencia de San Remo, el “Hogar Nacional Judío” debía crearse en toda Palestina, que abarcaba a los actuales Israel, Jordania, Cisjordania y Gaza. Sin embargo, el Imperio Británico excluyó luego a “Transjordania” (territorio al este del río Jordán), donde creó un reino para la tribu árabe hachemita, la actual Jordania.
(Mapa: The Jewish Press)
¿Fueron esos derechos legales del pueblo judío descartados en los años siguientes? En el momento en que se redactó la Carta de la ONU, en 1945, los funcionarios sabían que tal argumento podría surgir en el futuro. Por lo tanto incorporaron el Artículo 80, que declara específicamente que «nada en este capítulo se interpretará en sí mismo para alterar de ninguna manera los derechos de ningún Estado o pueblo, o los términos de los instrumentos internacionales preexistentes de los que los miembros de las Naciones Unidas puedan ser partes». Así, los fundamentos de los derechos legales judíos establecidos a través de San Remo se preservaron para el futuro.
*Diplomático, ex director general del Ministerio de Relaciones Exteriores de Israel
y ex embajador de Israel en la ONU (1997-1999).
Fuente: The Jerusalem Post. Traducción NMI.